Símbolos Partrios
Banderaas del Ecuador:
La bandera del Ecuador, que consiste en bandas horizontales de color amarillo (doble ancho), azul y rojo, fue adoptado por primera vez el 26 de septiembre de 1860.
El diseño de la bandera actual fue concluido en 1900 con la
incorporación del escudo de armas en el centro de la misma. Antes de
usar la tricolor amarillo, azul y rojo, en Ecuador se utilizaban
banderas blancas y azules que contenían estrellas por cada provincia del
país. El diseño de la bandera es muy similar a las de Colombia y Venezuela, que también son antiguos territorios constitutivos de la Gran Colombia. Los tres pabellones se basan en la propuesta presentada por el General Francisco de Miranda, que fue adoptada por Venezuela en 1811
y más tarde por la Gran Colombia con algunas modificaciones. Existe una
variante de la bandera que no contiene el escudo de armas, la cual es
utilizada por la marina mercante. Esta bandera comparte con la de
Colombia su aspecto general, pero esta última utiliza un diseño
diferente cuando sus naves de la marina mercante están en altamar.
Emblema español en Ecuador
Bandera del Imperio Español con la Cruz de Borgoña
Bandera de España de 1785 a 1931.
Después de la conquista del territorio de Ecuador por Sebastián de
Benalcázar y la fundación española de la ciudad de Quito, flamearon los
emblemas de España.
La Cruz de Borgoña es una representación de la Cruz de San Andrés
en la que los troncos que forman la cruz aparecen con sus nudos en los
lugares donde se cortaron las ramas. Este emblema ha sido incluido en
los escudos de armas y en las banderas de España, tanto de tierra como de mar, desde 1506.
El emblema rojo y gualda, compuesto por tres franjas horizontales:
una ancha de color amarillo en el centro y dos angostas de color rojo en
los extremos con el Escudo de Armas de España en la parte central,
flamearon hasta la emancipación definitiva.
La Cruz de Borgoña, de aspas o de San Andrés, se usaba solamente como bandera militar en tierra.
En su mayoría, en cada esquina llevaba el escudo de la localidad de procedencia del regimiento.
6 de agosto de 1806
Esta bandera flameó por primera vez en Venezuela, en el Puerto de la Vela de Coro, el 6 de agosto de 1806, en manos del General Francisco de Miranda.
Se puede decir que esta bandera es la que da origen a la nuestra y se
la considera como la antecesora de la actual bandera con los tres
colores amarillo, azul y rojo.
Aunque existen controvertidas versiones de cómo era esa bandera, la
teoría predominante es que tenía tres franjas horizontales iguales,
amarilla la superior, azul la del centro y roja la inferior.
10 de agosto de 1809 Se sabe que los gestores y protagonistas
del episodio agostino del año 1809 hicieron flamear una bandera roja con
un aspa blanca.
Cayó en manos del oficial español Juan Sámano, en noviembre de 1812, en San Antonio de Ibarra.
Por mucho tiempo se creyó que la bandera de los patriotas fue una
roja con asta blanca pero en realidad la bandera era roja, sí, pero era
un ASPA blanca que es como una X en toda la bandera
9 de octubre de 1820
Emblema de la Revolución del 9 de octubre.
Los historiadores Wilfrido Loor, manabita, y José María Le Ghouir,
francés, dijeron en sus respectivas épocas que la creación del lábaro
albiceleste (azul y blanco) pertenece a los próceres Gregorio Escobedo,
José Espantoso y Rafael Ximena.
Gran Colombia, de 1822 a 1830.
25 de mayo de 1822
Al día siguiente de la decisiva Batalla de Pichincha, oficialmente se enarboló el tricolor colombiano amarillo, azul y rojo.
El tricolor aludido tiene su origen en el deseo del Gral. Francisco
de Miranda. Recién el 13 de julio de 1822 a instancias de Bolívar,
Guayaquil hizo flamear esa bandera.
2 de junio de 1822
Oficializada la incorporación de la Provincia Libre de Guayaquil, la
Junta Suprema que se instaló en la ciudad dictó un decreto el 2 de junio
de 1822 en los términos siguientes.
Sus términos fueron: "El Pabellón de la Provincia Libre de Guayaquil
será blanco y su primer cuartel superior de color azul con una estrella
en su centro."[cita requerida]
6 de marzo de 1845
Al triunfar la Revolución del 6 de marzo de 1845, se adoptó una nueva
bandera que formaban tres cuarteles paralelos al asta, blancos los de
ambos extremos y azul el del centro.
Aparecen tres estrellas que representan los departamentos de la época: Quito, Guayaquil y Cuenca.
6 de noviembre de 1845
La bandera del 6 de marzo de 1845, fue ligeramente modificada según
el decreto de la Convención Nacional que se reunió en Cuenca en los
últimos meses de 1845.
En lugar de tres estrellas, la bandera debía lucir siete estrellas
para representar a las provincias que en ese número formaban el Ecuador
de entonces.
26 de septiembre de 1860
Correspondió al Dr. G. García Moreno el restablecimiento del uso del
tricolor grancolombiano por decreto firmado el 26 de septiembre de 1860.
Ostentando la Jefatura Suprema del país, el estadista guayaquileño
descartó el bicolor (azul y blanco) marcista y puso en vigencia el
emblema amarillo, azul y rojo.
La Convención Nacional de 1861 ratificó el decreto de 1860.
31 de octubre de 1900
Fue el Congreso Nacional, presidido por Manuel B. Cueva, que dictó el
decreto que reglamentó el uso de la Bandera Tricolor, alcanzando
entonces su afianzamiento completo.
La memorable fecha fue el 31 de octubre de 1900 y el 7 de noviembre
de ese año, el General Alfaro firmó el documento del decreto.
Decreto Legislativo s/n (Registro Oficial 1272, 5-XII-1900) que reglamenta el Escudo de Armas y Pabellón Nacional de la República del Ecuador EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, Considerando: Que son deficientes los varios decretos que se han expedido designando las armas de la República y el pabellón nacional Decreta: Art. 1.- Las armas del Ecuador serán un escudo ovalado que contenga interiormente, en la parte superior, el sol, con aquella porción del Zodíaco en que se hallan los signos correspondientes a los meses memorables de Marzo, Abril, Mayo y Junio; en la parte inferior, a la derecha, se representará el monte histórico Chimborazo, del que nacerá un río, y donde aparezca más caudaloso, estará un buque a vapor, que tenga por mástil un caduceo, como símbolo de la navegación y del comercio. El escudo reposará en un lío de haces consulares, como insignia de la dignidad republicana. Será adornado exteriormente con banderas nacionales y ramos de palma y laurel, y coronado con un cóndor con las alas desplegadas.
Art. 2.- El pabellón nacional será, sin alteración alguna, el que adoptó el Ecuador desde que proclamó su independencia, cuyos colores son: amarillo, azul y rojo, en listas horizontales, en el orden en que quedan expresados, de superior a inferior, debiendo tener la faja amarilla una latitud doble a las de los otros colores.
Art. 3.- Las banderas que se enarbolen en los edificios nacionales, buques de guerra, fortalezas, y las que icen los Agentes Diplomáticos y Consulares de la República en países extranjeros, llevarán las armas de la Nación en el centro, sobre las fajas de los colores amarillo y azul.
Art. 4.- Las banderas que se enarbolen en los edificios municipales no llevarán las armas de la Nación, sino un círculo de estrellas blancas, colocadas en la faja azul y en número igual al de las provincias que componen la República.
Art. 5.- El Ejército usará el pabellón nacional de que habla el Art. 3o.; y cada batallón o regimiento llevará en su bandera o estandarte, y en la faja del color amarillo, el número que le corresponda, según lo que al respecto disponga el Ministerio de la Guerra.
Art. 6.- Las banderas que enarbolen los buques de la marina mercante y toda persona particular, serán las que se determinan en el Art. 2o.
Art. 7.- Los Agentes Diplomáticos y Consulares de la República fijarán las armas del Ecuador en la parte exterior del edificio o sobre la puerta de la Legación, Consulado o Viceconsulado, con la siguiente inscripción, en la parte inferior de la orla del escudo: Legación, Consulado de la República del Ecuador.
Art. 8.- Se colocarán las armas nacionales en las salas y puertas exteriores de los Salones del Congreso, del Poder Ejecutivo, Tribunales de Justicia, Concejos Municipales y demás oficinas públicas.
Art. 9.- El Poder Ejecutivo hará saber a las naciones extranjeras lo dispuesto por la presente Ley.
Art. 10.- Quedan derogadas todas las disposiciones anteriores sobre la materia.
Dado en Quito, capital de la República del Ecuador, a treinta y uno de Octubre de mil novecientos. Nota: Según la actual estructura ministerial establecida en el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, el Ministerio de la Guerra es actualmente el Ministerio de Defensa Nacional.
Como no existe una normativa, cualquier institución o persona usa la
bandera como se le ocurre, sin respetar dimensiones o colores. Así, hay
banderas que tienen un amarillo oscuro y otros lo tienen claro. Igual
pasa con el color azul, pero no tanto con el rojo.
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